Guadalajara, Jal. 21 de marzo del 2022
Estimados Socios del COEJ, ortodoncistas y al gremio en general:
A nombre del Comité Directivo 2021 – 2022 del Colegio de Ortodoncistas del Estado de Jalisco les enviamos un cordial saludo, el propósito de este documento informativo es recordarles la importancia de pertenecer a un gremio profesional.
Es imperativo mencionar que de acuerdo con la Dirección General de Profesiones del Gobierno Feder
al los colegios de Profesionistas son:
· Asociaciones civiles formadas por personas físicas que cuentan con cédula profesional, interesados en agruparse para trabajar en beneficio de su profesión.
· Asociaciones civiles reconocidas por la legislación federal y estatal.
· Asociaciones civiles que la ley reconoce con los propósitos de vigilar el ejercicio profesional. Colaborar en la elaboración de planes de estudio profesionales. Promover la expedición de leyes, reglamentos y sus reformas. Auxiliar a la administración pública.
· Coadyuvantes en la vigilancia del ejercicio profesional.
· Colaborar con el poder público como cuerpos consultores.
De la mano de estas atribuciones de los Colegios de Profesionistas, a nivel Estatal se ha establecido el Reglamento de la Ley para el Ejercicio de las actividades profesionales del Estado de Jalisco, en cuyo prólogo se establece que
las instituciones educativas juegan un papel preponderante a través de sus procesos de investigación, difusión de la cultura y formación, sin embargo, el éxito del ejercicio profesional, no e
sté condicionado al plantel educativo del que provengan, si no que es producto del mérito y esfuerzo de cada profesionista.
La problemática en el ejercicio profesional, se ahonda con la confusión de los alcances de la cédula profesional que emite la Secretaría de Educación Pública (SEP) a través de la Dirección General de Profesiones, con relación a la cédula profesional estatal que expide la Dirección de Profesiones del Estado, propiciando que se ofrezcan servicios profesionales careciendo de este documento, dejando en un estado de vulnerabilidad a quienes recurren a ellos, ya que no se cuenta con información que permita a la autoridad hacerlos responsables de malas prácticas y con ello no puedan resarcir los daños causados.
Esto ocasiona que la regulación del ejercicio profesional y como consecuencia la defensa de los intereses legítimos de los profesionistas que en detrimento del esfuerzo empeñado para obtener un título y ejercer con el cumplimiento de la ley, así como de los derechos de los usuarios de los servicios profesionales que en ocasiones son presas de prácticas pseudoprofesionales, sea limitada si no es que inexistente, con los perjuicios mencionados y sin una proyección de competitividad en el ejercicio que beneficie al Estado y a sus ciudadanos.
Uno de los actores estratégicos para el desarrollo de las profesiones en el Estado, los colegios de profesionistas, carecen de un marco regulatorio que les dote de una mayor incidencia en la vida profesional de sus agremiados, así como las necesarias tareas de la defensa y promoción de los intereses profesionales, la supervisión, vigilancia y sanción en su caso, del incumplimiento de las normas éticas que deben guiar el actuar de los profesionistas en el Estado y en el País.
Por lo tanto, la certificación de competencias profesionales se concibe no solo como un requisito para el profesionista, si no como la oportunidad de diagnosticar a través de esa evaluación los retos que deba enfrentar el profesionista en lo particular, el sistema educativo y productivo en lo g
eneral, para de ahí tomar decisiones que beneficien a los profesionistas y que se mejoren los procesos de todos los involucrados. Su implementación requiere la constitución de un órgano plural, incluyente, técnico, académico, representativo de todos los actores que intervienen en la actividad profesional, como estructura que organiza, regula, establece lineamientos y resuelve todo lo inherente a la certificación de competencias profesionales y determine los lineamientos que deben cumplir quienes deseen conformarse como entes certificadores.
Por esta exposición de motivos, es que los exhortamos a retomar la fuerza que tenía el Colegio de Ortodoncistas en el Estado de Jalisco, hace 45 años cuando inicio sus actividades fue la primera asociación de Ortodoncistas, con el objetivo primordial de la educación continua, al día de hoy ese objetivo no es el único, como se mencionó, el papel de los Colegios de Profesionista ha ido mas allá. El comité directivo 2021 – 2022 hace extensiva su preocupación a que en el Estado de Jalisco el COEJ yo no es el único colegio de Ortodoncistas, existen mas de ocho agrupaciones registradas ante profesiones del Estado, en su momento, con mejores condiciones para el reconocimiento ante la Dirección de Profesiones del Estado.
Estimados compañeros los invitamos a participar en las actividades del Colegio de Ortodoncistas del Estado de Jalisco, enfatizando en que al pertenecer al mismo podamos cumplir con los requisitos que marca la Ley, colegiación, certificación, educación continua, vigilancia. Recordar también que tu cuota anual no es solo para recibir algo a cambio, sino para el accionar y sustento de todas las actividades del Colegio (Sede física, Contabilidad, sesiones).
Esperamos contar con tu apoyo y participación.
Comité Directivo 2021 – 2022
Colegio de Ortodoncistas del Estado de Jalisco, AC
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